lunes, 14 de enero de 2013

La violencia juvenil no ocurre en el vacío

Derechos Humanos

Youth violence does not occur in a vacuum
La violencia juvenil no ocurre en el vacío
14 de Enero de 2013


Las familias y la sociedad están omitiendo su obligación de proteger a los adolescentes de manera integral.Los jóvenes que ingresan al Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente han sufrido la vulneración de sus derechos dentro de su propio hogar



El número de adolescentes que ingresaron al Srpa no alcanza a representar ni el uno por ciento de la población menor de 18 años del país estimada por el Dane.
Archivo
Agencia Pandi

Si se busca a un responsable por las infracciones a la ley que cometen los adolescentes, la deducción sería fácil, la familia, primera institución responsable del cuidado, del amor y de la protección no está cumpliendo con sus obligaciones.

La sociedad por su parte también peca por omisión y definitivamente el Estado tiene que entrar a corregir, proteger, ayudar a las familias y atender de manera integral a quienes hayan caído en conflicto con la ley.

De acuerdo con los registros del Icbf, 88.603 adolescentes entraron en proceso judicial desde 2007, cifra que equivale a 17.720 casos por año. Del total de los procesos, 28 por ciento corresponden al delito de microtráfico, el siete por ciento a porte de armas y tan solo el dos por ciento a delitos graves como homicidio.

En otros porcentajes el hurto corresponde al 38 por ciento de los delitos y el once por ciento a otros no clasificados.

Las dos primeras modalidades mencionadas en las que los niños son involucrados y que asciende al 35 por ciento de las capturas, son consideradas por la Organización Internacional del Trabajo como las “peores formas de trabajo infantil”, se supone que detrás de los delitos hay un adulto que los utiliza, por lo que habría que reforzar, definitivamente, la investigación de adultos responsables.

El 35 por ciento de las capturas de adolescentes responde a delitos de adultos que utilizan a los niños. Por lo tanto, el número de capturas anuales se reduciría a 11.518.

Según estadísticas de la Policía, los 28.877 adolescentes aprehendidos entre el 30 de septiembre de 2011 y la misma fecha de 2012 representan el 11.6 por ciento de las 261.147 capturas realizadas por la Institución en el mismo período. Por lo tanto si se trata de endurecer las penas, la medida debería aplicarse a los adultos que utilizan a los adolescentes.

El último informe de la Comisión de Evaluación del Srpa puso en evidencia los retos de este Sistema, que se encarga de regir los procedimientos a seguir con los menores entre 14 y 18 años que incurren en una conducta punible.

En materia de castigos, el documento revela  que todavía no hay pautas para la aplicación de sanciones a las familias, lo cual contradice el principio de corresponsabilidad claramente identificado en el Código de la Infancia y la Adolescencia.

De igual manera, revelan que “los padres o cuidadores de los menores de 14 años no están siendo judicializados por la comisión de delitos graves de acuerdo con el Artículo 142 de la Ley 1098 de 2006”.

El documento también precisa otro punto a fortalecer dentro del Srpa y es la existencia de “dictámenes débiles por parte de los equipos técnicos y débil seguimiento del cumplimiento, y verificación de las sanciones”.

Aumentar las penas no es la salida


Distintas voces políticas y sociales han llegado a reclamar un aumento de penas para los menores de edad, como una medida tendiente a reducir su participación en hechos delictivos.

No obstante, y con numerosos argumentos, los expertos tienen claro que aplicar una medida como esta no es un camino para lograrlo. De hecho, la misma Policía, en su revista criminalística, expone cómo esta medida ha sido tomada en otros países con un desastroso resultado. No bajan los delitos y sí aumenta la reincidencia.

Mario Suescún, abogado, especialista en Derechos de la Niñez, advierte que “ya está demostrado que la medida no disminuye la criminalidad, sería contraria a los instrumentos internacionales de Derechos Humanos suscritos por el Estado colombiano y además perjudicaría notablemente los derechos de la niñez, quitándole el sentido al Código de la Infancia y la Adolescencia”.

El desafío de la prevención


Para el caso colombiano las acciones de prevención, al parecer aún no se concretan.
El abogado Manuel López, consultor en temas de niñez y adolescencia,  asegura que las familias y las instituciones educativas cumplen un papel  “mediocre”, tanto en la prevención como en la atención de los adolescentes que tienen problemas con la Ley o que enfrentan el riesgo de tenerlos.

Para el jurista, el asunto es que aún no se han atendido con vehemencia aquellos factores individuales, familiares y sociales que llevan a un adolescente a delinquir.

 “Fenómenos como el narcotráfico, la violencia urbana y el conflicto armado han ido involucrando a los adolescentes y por ello es necesario que el Estado penalice a los adultos que utilizan a menores de edad en estas conductas” exige.

Los derechos de los adolescentes que cumplen penas de reclusión en los centros especializados se han visto vulnerados de diversas formas. Es por eso que la falta de oportunidades y el deseo de venganza aparecen entre los factores que llevan a un menor de edad a delinquir.

La designación de roles para el buen desarrollo del Srpa es de vital importancia si se busca cumplir con el objetivo de lograr un proceso pedagógico que impulse la reducción en el número de menores de edad que inciden en un hecho delictivo.


Los retos del Sistema


Algunas falencias no han permitido el pleno y adecuado funcionamiento del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes.

Por ejemplo, la ausencia de un ente rector que se encargue de convocar, coordinar y articular el Sistema lo que representa un vacío legal que existe desde la misma creación del Srpa.

Otro de los puntos críticos que resalta la evaluación es la falta de recursos económicos dispuestos para las necesidades del Sistema. El documento asegura que no existe una disposición que aclare de dónde debe salir el dinero requerido.

La evaluación realizada por los integrantes de la Comisión de Evaluación del Srpa reveló que "los jueces recurren a imponer la privación de la libertad en centros especializados cerrados en los que haya cupo disponible o a entregar a los adolescentes a sus familias por carecer de la oferta institucional requerida para la operación del Srpa".

Según la Comisión, aún hacen falta funcionarios especializados en derechos de la niñez, la adolescencia y la justicia restaurativa, hace que sea más difícil el cumplimiento adecuado de los procesos que se manejan dentro del Sistema.

La prevención del delito está en la garantía integral de los derechos de los NNA que gocen plenamente de sus derechos, que tengan una escuela afectiva, incluyente y de calidad, que tengan salud, alimentación y amor en sus hogares, son niños y niñas que están blindados frente a la violencia.

Es necesaria también la articulación de alcaldes, gobernadores y todos los encargados de los organismos que componen al Srpa para que intervengan de manera coherente y concertada para que se garantice la justicia restaurativa, la verdad y la reparación del daño.

BAJADO DE  http://www.elmundo.com/portal/noticias/derechos_humanos/la_violencia_juvenil_no_ocurre_en_el_vacio.php

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