Derechos Humanos
Youth violence does not occur in a vacuum
La violencia juvenil no ocurre en el vacío
14 de Enero de 2013
Las familias y la sociedad están omitiendo su
obligación de proteger a los adolescentes de manera integral.Los jóvenes
que ingresan al Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente han
sufrido la vulneración de sus derechos dentro de su propio hogar
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El número de adolescentes que ingresaron al Srpa
no alcanza a representar ni el uno por ciento de la población menor de
18 años del país estimada por el Dane.
Archivo
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Agencia Pandi
Si se busca a un responsable por las infracciones a la ley que
cometen los adolescentes, la deducción sería fácil, la familia, primera
institución responsable del cuidado, del amor y de la protección no está
cumpliendo con sus obligaciones.
La sociedad por su parte también peca por omisión y
definitivamente el Estado tiene que entrar a corregir, proteger, ayudar a
las familias y atender de manera integral a quienes hayan caído en
conflicto con la ley.
De acuerdo con los registros del Icbf, 88.603 adolescentes
entraron en proceso judicial desde 2007, cifra que equivale a 17.720
casos por año. Del total de los procesos, 28 por ciento corresponden al
delito de microtráfico, el siete por ciento a porte de armas y tan solo
el dos por ciento a delitos graves como homicidio.
En otros porcentajes el hurto corresponde al 38 por ciento de los delitos y el once por ciento a otros no clasificados.
Las dos primeras modalidades mencionadas en las que los niños son
involucrados y que asciende al 35 por ciento de las capturas, son
consideradas por la Organización Internacional del Trabajo como las
“peores formas de trabajo infantil”, se supone que detrás de los delitos
hay un adulto que los utiliza, por lo que habría que reforzar,
definitivamente, la investigación de adultos responsables.
El 35 por ciento de las capturas de adolescentes responde a
delitos de adultos que utilizan a los niños. Por lo tanto, el número de
capturas anuales se reduciría a 11.518.
Según estadísticas de la Policía, los 28.877 adolescentes
aprehendidos entre el 30 de septiembre de 2011 y la misma fecha de 2012
representan el 11.6 por ciento de las 261.147 capturas realizadas por la
Institución en el mismo período. Por lo tanto si se trata de endurecer
las penas, la medida debería aplicarse a los adultos que utilizan a los
adolescentes.
El último informe de la Comisión de Evaluación del Srpa puso en
evidencia los retos de este Sistema, que se encarga de regir los
procedimientos a seguir con los menores entre 14 y 18 años que incurren
en una conducta punible.
En materia de castigos, el documento revela que todavía no hay
pautas para la aplicación de sanciones a las familias, lo cual
contradice el principio de corresponsabilidad claramente identificado en
el Código de la Infancia y la Adolescencia.
De igual manera, revelan que “los padres o cuidadores de los
menores de 14 años no están siendo judicializados por la comisión de
delitos graves de acuerdo con el Artículo 142 de la Ley 1098 de 2006”.
El documento también precisa otro punto a fortalecer dentro del
Srpa y es la existencia de “dictámenes débiles por parte de los equipos
técnicos y débil seguimiento del cumplimiento, y verificación de las
sanciones”.
Aumentar las penas no es la salida
Distintas voces políticas y sociales han llegado a reclamar un
aumento de penas para los menores de edad, como una medida tendiente a
reducir su participación en hechos delictivos.
No obstante, y con numerosos argumentos, los expertos tienen
claro que aplicar una medida como esta no es un camino para lograrlo. De
hecho, la misma Policía, en su revista criminalística, expone cómo esta
medida ha sido tomada en otros países con un desastroso resultado. No
bajan los delitos y sí aumenta la reincidencia.
Mario Suescún, abogado, especialista en Derechos de la Niñez,
advierte que “ya está demostrado que la medida no disminuye la
criminalidad, sería contraria a los instrumentos internacionales de
Derechos Humanos suscritos por el Estado colombiano y además
perjudicaría notablemente los derechos de la niñez, quitándole el
sentido al Código de la Infancia y la Adolescencia”.
El desafío de la prevención
Para el caso colombiano las acciones de prevención, al parecer aún no se concretan.
El
abogado Manuel López, consultor en temas de niñez y adolescencia,
asegura que las familias y las instituciones educativas cumplen un
papel “mediocre”, tanto en la prevención como en la atención de los
adolescentes que tienen problemas con la Ley o que enfrentan el riesgo
de tenerlos.
Para el jurista, el asunto es que aún no se han atendido con
vehemencia aquellos factores individuales, familiares y sociales que
llevan a un adolescente a delinquir.
“Fenómenos como el narcotráfico, la violencia urbana y el
conflicto armado han ido involucrando a los adolescentes y por ello es
necesario que el Estado penalice a los adultos que utilizan a menores de
edad en estas conductas” exige.
Los derechos de los adolescentes que cumplen penas de reclusión
en los centros especializados se han visto vulnerados de diversas
formas. Es por eso que la falta de oportunidades y el deseo de venganza
aparecen entre los factores que llevan a un menor de edad a delinquir.
La designación de roles para el buen desarrollo del Srpa es de
vital importancia si se busca cumplir con el objetivo de lograr un
proceso pedagógico que impulse la reducción en el número de menores de
edad que inciden en un hecho delictivo.
Los retos del Sistema
Algunas falencias no han permitido el pleno y adecuado funcionamiento del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes.
Por ejemplo, la ausencia de un ente rector que se
encargue de convocar, coordinar y articular el Sistema lo que representa
un vacío legal que existe desde la misma creación del Srpa.
Otro de los puntos críticos que resalta la evaluación
es la falta de recursos económicos dispuestos para las necesidades del
Sistema. El documento asegura que no existe una disposición que aclare
de dónde debe salir el dinero requerido.
La evaluación realizada por los integrantes de la
Comisión de Evaluación del Srpa reveló que "los jueces recurren a
imponer la privación de la libertad en centros especializados cerrados
en los que haya cupo disponible o a entregar a los adolescentes a sus
familias por carecer de la oferta institucional requerida para la
operación del Srpa".
Según la Comisión, aún hacen falta funcionarios
especializados en derechos de la niñez, la adolescencia y la justicia
restaurativa, hace que sea más difícil el cumplimiento adecuado de los
procesos que se manejan dentro del Sistema.
La prevención del delito está en la garantía integral
de los derechos de los NNA que gocen plenamente de sus derechos, que
tengan una escuela afectiva, incluyente y de calidad, que tengan salud,
alimentación y amor en sus hogares, son niños y niñas que están
blindados frente a la violencia.
Es necesaria también la articulación de alcaldes, gobernadores y
todos los encargados de los organismos que componen al Srpa para que
intervengan de manera coherente y concertada para que se garantice la
justicia restaurativa, la verdad y la reparación del daño.
BAJADO DE http://www.elmundo.com/portal/noticias/derechos_humanos/la_violencia_juvenil_no_ocurre_en_el_vacio.php